"...La preterintencionalidad, se aplica en aquellos caso en donde el sujeto no persigue causar un resultado tan grave como el que produce, siendo así, que la muerte de la víctima, se produce sin que haya estado en el homicida el propósito de causarla; la preterintencionalidad sujeta a prueba en este delito (Homicidio Preterintencional), es que el sujeto activo deseaba causar un mal, pero no de tanta envergadura como la muerte que finalmente se produjo; se desea causar un delito, pero no tan grave como el sucedido; por lo cual, debe quedar evidente que el hecho no se dirigía a causar un mal tan grave como el efectivamente causado..."